El plazo para solicitar las ayudas estará abierto hasta el 25 de octubre de 2022.

Las ayudas consisten en una subvención del 50% de los gastos elegibles, con un límite máximo global de ayuda por establecimiento de 30.000 euros, que tienen como finalidad fortalecer y consolidar el tejido empresarial del comercio extremeño a través de la modernización, accesibilidad universal y mejora de la eficiencia energética de sus establecimientos comerciales.

En concreto, en cuánto a accesibilidad universal, se pretende hacer de los pequeños comercios un lugar adaptado a personas con dificultad auditiva, visual o física. Para ello, el fin de la ayuda es la instalación de máquinas que eliminen el ruido externo de la tienda, cartelería accesible con Braille y código QR y encaminamiento táctil direccional, además de una web accesible.

Dichas subvenciones están destinadas a personas físicas o jurídicas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas y a comunidades de bienes y cualquier tipo de unidad económica o patrimonio separado aun careciendo de personalidad jurídica propia, que cumplan con los siguientes requisitos:

– Que constituyan una pequeña y mediana empresa comercial que ejerza una de las actividades comerciales minoristas con carácter principal.

– Si en el establecimiento comercial se desarrollan actividades elegibles y no elegibles, tendrá el carácter de principal la actividad que suponga un mayor porcentaje de facturación

– No será necesario que la actividad minorista elegible tenga el carácter principal, si está claramente diferenciada dentro del local, en cuyo caso únicamente serán elegibles la adquisición de mobiliario y equipamiento comercial específico para la sala de ventas, indicados en los apartados segundo y cuarto del artículo 3.1. a). del Decreto regulador de las ayudas.

– Que el establecimiento comercial para el que se solicita la ayuda esté ubicado dentro de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

– Además, los beneficiarios deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

– Para ser beneficiario de la ayuda, el importe mínimo de la inversión aprobada deberá ser de al menos de 1.500 euros.

Para presentar la solicitud deberá entrar en sede electrónica, buscar el trámite poniendo en el apartado texto: «minorista», pulsar BUSCAR y seguir las instrucciones del resultado que aparece bajo el título «Solicitud de ayuda para la mejora de la competitividad del pequeño comercio minorista de Extremadura».

Para más información, consulte aquí.