La publicación en el DOE ha tenido lugar a las 14:00 horas.

El Diario Oficial de Extremadura ha publicado la flexibilización de las restricciones en la región. Esta flexibilización ha sido posible gracias a la reducción de la incidencia acumulada en la región, que ha bajado justo al límite de los 50 casos por cada 100.000 habitantes durante los últimos 14 días, que marca el umbral de riesgo bajo por contagios de COVID-19.

Los detalle de las nuevas medidas para la hostelería son las siguientes:

  • El toque de queda se retrasa hasta las 23:00 horas, quedando el horario vigente de 6:00 a 23:00.
  • El aforo se mantiene en el 40% para interiores y se amplia al 75% en terrazas.
  • En ambos casos, el número máximo de comensales por mesa aumenta hasta 6.
  • Para celebraciones y eventos (bodas, bautizos, comuniones), siguen prohibidas las celebraciones organizadas de manera privada como barbacoas o reuniones en campos y locales privados; siempre deberían celebrarse con un servicio profesional como catering o restaurante y con las siguientes limitaciones:
    • Los aforos permitidos serán del 40% para interiores y se ampliaría al 75% en terrazas.
    • El máximo de asistentes permitido es de 100 en interior y 150  en exterior.
    • El número máximo de comensales por mesa es de 6.
    • No está permitida la barra libre ni el baile.

Flexibilización del comercio y el turismo

En los establecimientos comerciales, el aforo pasará del 30% al 40%, permaneciendo el 30% en las zonas comunes. Y queda prohibido la utilización de las zonas recreativas dentro de las zonas comerciales.

En los hoteles y los alojamientos turísticos, en las zonas comunes permanece al 35%. Permitirán que las casas rurales, los apartamentos turísticos y asimilados puedan ser alquilados, reservados y utilizados en lugar de por 6, por 10 personas.

Otras medidas

También se flexibiliza el número de personas que podrán despedir a sus fallecidos. En los velatorios seguirá habiendo 10 personas y 20 personas al aire libre. En la comitiva del entierro podrán participar hasta 25 personas.

En los hoteles y los alojamientos turísticos, en las zonas comunes permanece al 35%. Permitirán que las casas rurales, los apartamentos turísticos y asimilados puedan ser alquilados, reservados y utilizados en lugar de por 6, por 10 personas.

Con respecto a los centros deportivos, se sigue prohibiendo las actividades deportivas en pareja (dos contra dos) y en equipos en espacios abiertos al público salvo cuando todos los participantes sean convivientes, a excepción de las competiciones oficiales o entrenamientos relacionados con ella.

Se incrementará hasta un 30% el aforo para público en pistas cubiertas, siempre que sean competiciones oficiales. Y en las competiciones al aire libre, la presencia de público subirá del 40 al 50%.

Las bibliotecas y archivos, los monumentos, los museos y las salas de exposiciones permanecen como estaban en el anterior acuerdo. Los cines, los teatros y auditorios seguirán teniendo el 50% del aforo como hasta ahora. Al aire libre se podría llegar hasta un máximo de 200 personas.

La celebración de congresos, encuentros, conferencias o seminarios seguirán realizándose de forma telemática.

Las academias y las autoescuela sube su aforo al 40% (incluida las academias de danza), salvo en academias de ‘baile social’ donde el aforo será del 35%

Para los espectáculos taurinos, el aforo se sube al 50%.

Publicación DOE